Con la entrada en vigor de la Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas: desde el 19 de octubre
de 2022, ya es obligatorio el uso de la facturación electrónica en formato estructurado para todas las
empresas y autónomos españoles, y para los extranjeros que operen bajo el registro de IVA en España.
Una vez se apruebe y publique el reglamento, los plazos de obligado
cumplimiento, que se indican en el borrador, serán de 1 año para las empresas que facturen más de 8M€
anualmente y 2 años para el resto de las empresas y profesionales.
Deberá utilizar alguna de las plataformas de intercambio de facturas
electrónicas de las disponibles en el mercado para enviar sus facturas a sus clientes, así como utilizar
también una plataforma de intercambio de FE para recibir todas las facturas de sus proveedores,
habilitando un punto de recepción único de facturas.
Supone no solo un cambio y evolución tecnológica, sino que este avance en
la digitalización provocará cambios en sus procesos de cuentas a pagar y a cobrar.
En Adquira llevamos más de 24 años ayudando a las empresas en su
digitalización y cumplimiento con regulaciones en más de 50 países, por lo somos un socio tecnológico
fiable y de garantías para acompañarle durante esta transición hacia la digitalización de sus procesos
de facturación electrónica.
Somos muy conscientes de los beneficios de la Facturación Electrónica
(F.E.) y animamos a nuestros clientes a su incorporación de manera previa a la obligatoriedad de la Ley
“Crea y Crece”, ya que le permitirá una fácil y sencilla adaptación de manera previa, y además
automatizar sus procesos y beneficiarse de las ventajas de la F.E.
Adquira se encargará de realizar las adaptaciones necesarias para sus
clientes que ya hayan implantado la F.E., evitando las “urgencias de implantación” que previsiblemente
aparecerán para digitalizar la F.E. en España para todas las empresas y profesionales en 2 años.